El Municipio de Lanús recordó que se encuentra prohibido el uso y la comercialización de pirotecnia en el distrito, a partir de una ordenanza aprobada en 2018. ¿Cuáles son las sanciones?

La medida, que apunta a preservar la salud de personas con autismo y mascotas fue aprobada por el Concejo Deliberante durante la sesión del 5 de octubre del 2018 con el objetivo de evitar los efectos colaterales que su ruido produce en la salud de personas vulnerables o las severas lesiones que ocasiona su empleo indiscriminado.

Además, la normativa establece “zonas calmas” o áreas públicas identificadas como libres de pirotecnia: Parque Juan Piñeiro (Hornos y Dardo Rocha, Lanús Oeste); Parque Eva Perón (Córdoba y Purita, Remedios de Escalada); Parque General Belgrano (Blanco Encalada y Rondeau, Lanús Este); Parque General San Martín (Avenida Rivadavia, Sayos, Viamonte y Balbín, Lanús Oeste) y en radios menores a 100 metros de estaciones de servicio, hospitales y escuelas, entre otros.

¿CUÁLES SON LAS PROHIBICIONES?

  • Petardos
  • Fuentes
  • Foguetes
  • Morteros
  • Mortero con tambor
  • Caña voladora con paracaídas

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

  • Multas
  • Arrestos
  • Clausura de locales y/o decomiso
  • Destrucción de la mercadería
hospital del quemado