El Municipio de Lanús recordó que se encuentra prohibido el uso y la comercialización de pirotecnia en el distrito, a partir de una ordenanza aprobada en 2018. ¿Cuáles son las sanciones?
La medida, que apunta a preservar la salud de personas con autismo y mascotas fue aprobada por el Concejo Deliberante durante la sesión del 5 de octubre del 2018 con el objetivo de evitar los efectos colaterales que su ruido produce en la salud de personas vulnerables o las severas lesiones que ocasiona su empleo indiscriminado.
Además, la normativa establece “zonas calmas” o áreas públicas identificadas como libres de pirotecnia: Parque Juan Piñeiro (Hornos y Dardo Rocha, Lanús Oeste); Parque Eva Perón (Córdoba y Purita, Remedios de Escalada); Parque General Belgrano (Blanco Encalada y Rondeau, Lanús Este); Parque General San Martín (Avenida Rivadavia, Sayos, Viamonte y Balbín, Lanús Oeste) y en radios menores a 100 metros de estaciones de servicio, hospitales y escuelas, entre otros.
¿CUÁLES SON LAS PROHIBICIONES?
- Petardos
- Fuentes
- Foguetes
- Morteros
- Mortero con tambor
- Caña voladora con paracaídas
¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?
- Multas
- Arrestos
- Clausura de locales y/o decomiso
- Destrucción de la mercadería