El Senado aprobó por unanimidad una ley que busca universalizar el acceso a los cuidados paliativos en el país, con el objetivo de que este tipo de prácticas llegue al 41% de la población que aún no lo tiene garantizado.
La iniciativa, impulsada en 2020 por la Sociedad Uruguaya de Medicina y Cuidados Paliativos (SUMCP), busca brindar este derecho a los pacientes que lo requieran, pero también a sus familiares y cuidadores, incluyendo la atención al duelo, en el marco de una propuesta que va en el mismo sentido de aquella que impulsa la regulación de la eutanasia.
Entre los beneficios que contempla, la norma establece el “derecho universal” a recibir cuidado paliativos “a personas que padecen enfermedades graves, progresivas y avanzadas, con escasa o nula respuesta a tratamientos específicos, que presentan múltiples síntomas severos, cambiantes en el tiempo que impactan en la autonomía y en la calidad de vida por la carga sintomática o psicológica, discapacidad o dependencia que generan, y limitan su pronóstico vital”.
El texto contempla además a que los familiares, cuidadores y padres de niños en etapa prenatal cuando padecen enfermedades intraútero, “abarcando las dimensiones física, psicológica y social, conforme a los deberes de los profesionales de la salud y del sistema sanitario a este respecto”.
A su vez, garantiza la continuidad de la atención en todos los ámbitos asistenciales y niveles de atención en niños, adolescentes y adultos, lo que implica “internación, domicilio y consultorio, respetando el principio de no abandono”.
¿Qué obligaciones contempla la ley para los prestadores de salud?
Los prestadores de salud deben apuntar a “disminuir el sufrimiento de las personas mediante un adecuado control del dolor y otros síntomas”, al mismo tiempo de “promover el bienestar de familiares y cuidadores, incluyendo la atención al duelo”. También deben “respetar el derecho a la información veraz y suficiente que habilite la autonomía del paciente en el proceso de la toma de decisiones”.
A su vez, deben brindar asistencia paliativa a todos los usuarios y “garantizar procedimientos de ingreso a la asistencia paliativa que sean sencillos y rápidos, asegurando la accesibilidad”. En tanto, los prestadores tendrán que “contar con profesionales que conformen equipos de cuidados paliativos”, para coordinar la asistencia dependiendo del nivel de complejidad.
El proyecto además establece que deben “brindar en los distintos ámbitos de atención posibles: internación, ambulatorio, atención domiciliaria, retén telefónico permanente y otros, asegurando el seguimiento a lo largo del tiempo de los pacientes”, así como “asegurar la continuidad asistencial”.